Subvenciones para pequeñas empresas y autónomos del Ayuntamiento de Alcobendas

¿Eres autónomo o tienes una pequeña empresa en Alcobendas?
Ya está publicada la nueva convocatoria de subvenciones municipales para autónomos y pequeñas empresas de Alcobendas a la que podrás optar si has realizado inversiones en digitalización o reformas en tu local comercial entre enero y mayo de 2025.
Actividades como comercios, restaurantes, cafeterías, agencias de viajes o empresas de comunicación pueden acogerse a esta ayuda, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
El importe de la ayuda es de hasta 3.000 € y el plazo de presentación de solicitudes: del 20 de mayo al 8 de junio (ambos inclusive).
Sesiones informativas convocadas por el Ayuntamiento de Alcobendas:
27 DE MAYO A LAS 14.30 ONLINE
3 JUNIO A LAS 10.30 ONLINE
Inscripción AQUÍ
¿A quién va dirigido?:
Para poder ser beneficiario de estas ayudas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Ser empresas o empresarios/as individuales dados de alta tanto en actividades empresariales como en actividades profesionales, correspondientes a alguno de los códigos CNAE relacionados en el Anexo I de la presente convocatoria (Actividades Objeto de Subvención) y que ejerzan su actividad en Alcobendas en alguna de las siguientes modalidades:
a) Persona física: empresario individual, sociedad civil o comunidad de bienes.
b) Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas las sociedades mercantiles especiales (Sociedades Laborales y Cooperativas)
Las empresas han de tener la calificación de pequeña empresa conforme a lo establecido en el Anexo I del Reglamento de la Unión Europea número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
- Aquellas que ocupan a menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
Gastos subvencionables:
LÍNEA 1: DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL:
· Gastos relacionados con la creación, desarrollo y/o mantenimiento web/ apps, marketing y publicidad on-line, redes sociales, en los que incurre la empresa para el desarrollo de su negocio.
· Gastos derivados de la pertenencia de la empresa a plataformas o iniciativas dinamizadoras de comercio electrónico que fomenten el consumo y la utilización de las tecnologías entre la ciudadanía.
· Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.
· Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.
LÍNEA 2: ACONDICIONAMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES:
Gastos derivados de la contratación de servicios profesionales y material encaminados al embellecimiento interior y exterior. (Reformas; instalaciones eléctricas; de agua; aire y calefacción; rótulos; alarmas y sistemas de seguridad, etc.).
Decoración de cierres de los establecimientos. (Gastos derivados de intervenciones artísticas)
Período subvencionable:
Desde 1 de enero de 2025 hasta el momento de presentación de la solicitud.