Departamento laboral | Salario mínimo 2026
Estimados asociados, un año más nos hacemos eco de la noticia de que el pasado 19 de febrero de 2026 el Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026.
La norma entra en vigor hoy, 20 de febrero de 2026, si bien surte efectos durante todo el año natural, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por lo que el abono del SMI debe realizarse conforme a estas cuantías desde el inicio del año.
El artículo 1 del Real Decreto fija el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, la industria y los servicios, sin distinción de sexo ni edad, en 40,70 euros por día o 1.221 euros por mes, según que el salario esté fijado por días o por meses. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda dar lugar en ningún caso a la minoración de su cuantía íntegra. Estas cuantías se entienden referidas a la jornada legal completa en cada actividad, percibiéndose a prorrata si se realizase una jornada inferior.
En relación con las personas trabajadoras con contratos de duración determinada cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, la norma establece que deberán percibir, junto con el salario mínimo, la parte proporcional correspondiente a domingos y festivos, a las dos gratificaciones extraordinarias y, en su caso, a las vacaciones legales cuando no coincidan con el tiempo de vigencia del contrato, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 57,82 euros por jornada legal.
Por su parte, el personal al servicio del hogar familiar que trabaje por horas en régimen externo tendrá un salario mínimo de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada, incluyéndose en dicha cuantía todos los conceptos retributivos. En todos los casos, las cuantías del salario mínimo por días u horas computan únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda minorarlas.
Como siempre, desde el equipo laboral de AICA os mantendremos informados de las novedades jurisprudenciales en materia laboral.
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