La Comisión Europea ha presentado la propuesta EU Inc., un nuevo marco societario opcional, digital y armonizado destinado a convertirse en el 28.º régimen europeo. Su objetivo es facilitar la creación, funcionamiento y crecimiento de empresas innovadoras en el mercado único, reduciendo la fragmentación legislativa y mejorando la competitividad de la Unión.
Crear un régimen societario europeo unificado, digital y voluntario.
Facilitar la expansión de empresas en toda la UE evitando 27 marcos jurídicos diferentes y más de 60 formas societarias nacionales.
Aumentar la competitividad, reducir costes administrativos y acelerar la creación y digitalización de empresas.
• Registro rápido y simplificado
− Creación de una EU Inc. en 48 horas, digital y por menos de 100 €.
− Sin requisitos mínimos de capital social.
• Procedimientos administrativos unificados
− Presentación única de información societaria a través de una interfaz europea conectada con los registros mercantiles nacionales.
− En una segunda fase, creación de un registro central europeo.
− Obtención de NIF e IVA sin duplicación documental.
• Operaciones 100 % digitales
− Procesos societarios digitales durante todo el ciclo de vida de la empresa.
• Liquidación e insolvencia simplificadas
− Acceso a procedimientos digitales de liquidación.
− Procedimientos simplificados de insolvencia para startups, facilitando nuevos comienzos.
• Atracción de inversión
− Eliminación de trámites presenciales.
− Procedimientos digitales para financiación y transferencias de acciones.
− Mayor flexibilidad para salir a bolsa.
− Supresión de intermediarios obligatorios en transmisiones y liquidaciones.
• Atracción de talento
− Las EU Inc. podrán ofrecer planes de stock options armonizados a escala UE.
− Tributación diferida hasta la venta de la opción.
• Pleno acceso al mercado único
− Libertad para elegir el Estado miembro de registro.
− Lista negra de prácticas discriminatorias para garantizar igualdad de trato.
• Salvaguardas frente a abusos
− No afecta a legislaciones nacionales de trabajo ni protección social.
− Aplicación plena de las garantías del Estado miembro de registro (incluida cogestión).
• Flexibilidad societaria
− Posibilidad de crear distintas clases de acciones con diferentes derechos.
La propuesta se debatirá en el Parlamento Europeo y en el Consejo, con el objetivo de alcanzar un acuerdo a lo largo de 2026.