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Ampliación permisos por nacimiento y para cuidado

Escrito por AICA | 08-septiembre-2025

El BOE de fecha 30 de julio de 2025 recoge la publicación del Real Decreto-ley 9/2025 (enlace), que modifica los permisos por nacimiento y parental por cuidado de menor.

 

En detalle:
1. Permiso retribuido por nacimiento, acogida o adopción: Pasa de 16 a 17 semanas para ambos progenitores, siendo seis semanas obligatoriamente tras el hecho causante (parto, acogida, adopción). Las otras once semanas se pueden disfrutar de forma acumulada o interrumpidas dentro de los doce meses siguientes. Si la
familia es monoparental, el trabajador tendrá 32 semanas de permiso, de las que cuatro pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla ocho años.
2. En desarrollo parcial y tardío de la Directiva 2019/1158 de la Unión Europea, de las ocho semanas de permiso que los trabajadores pueden solicitar hasta que el menor cumpla ocho años, dos de ellas serán retribuidas a través de una prestación de la Seguridad Social, que podrá solicitarse desde el 1 de enero del
próximo año, si bien referido a nacimientos que se hayan producido desde el 2 de agosto de 2024. La empresa está obligada a mantener el puesto de trabajo y las cotizaciones.