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Las bajas por enfermedad durante las vacaciones se podrán recuperar

Las bajas por enfermedad durante las vacaciones se podrán recuperar miércoles 27 de junio de 2012
Autor:AICA

El trabajador que se ponga enfermo durante sus vacaciones va a tener derecho a recuperar esos días de descanso y disfrutar de las vacaciones después en otro periodo.

El trabajador que se ponga enfermo durante sus vacaciones va a tener derecho a recuperar esos días de descanso y disfrutar de las vacaciones después en otro periodo. Todo ello según una resolución que acaba de darse a conocer del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En circulares anteriores ya nos hicimos eco de una reforma laboral por la cual las vacaciones no disfrutadas por Incapacidades Temporales de larga duración podían llevarse a cabo en un largo periodo de tiempo posterior.

Hasta ahora, los Tribunales habían sido claros en cuanto a procesos de baja médica producidos durante el disfrute de vacaciones (es decir, que el trabajador enferme durante las vacaciones) que no generaba derecho alguno a su recuperación.

Pues bien, esta resolución del Tribunal Europeo acaba de alterarlo. En el Tribunal  europeo han concluido que efectivamente así es. Parten de la idea de que la finalidad del derecho a vacaciones anuales consiste en permitir que los trabajadores “descansen y dispongan de un período de ocio y esparcimiento”, una finalidad distinta a la del derecho a causar baja por enfermedad, que permite a los trabajadores “recuperarse de una enfermedad que ha causado una incapacidad laboral”

Por lo tanto, y como conclusión, según el TJUE: “El trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas coincidentes con un periodo de baja por enfermedad en un momento posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad temporal”.

Esta decisión nos genera cierta preocupación ya que puede suponer un riesgo potencial a un uso antisocial de este derecho. Ello no obstante, desde la Asociación haremos un seguimiento de su evolución, especialmente en el periodo estival para ver su incidencia.

Más información: juridico@empresariosdealcobendas.com




Referido por: Admin Aica
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